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Tribunal De Cuentas
3. Resolución PL N.º 179/2015 – Convenio con The North Face / Grimoldi S.A. La resolución examina la validez de una contratación directa invocando el inciso d) del artículo 26 del Decreto N.º 674/11, reglamentario del artículo 18, inciso c), de la Ley N.º 1015. El Tribunal concluye que no se acreditaron los requisitos exigidos para validar la exclusividad, subrayando que tal modalidad solo resulta admisible si se sustenta en informes técnicos adecuados que acrediten, de manera objetiva, la exclusividad del proveedor o la inexistencia de alternativas equivalentes. El caso reafirma que la falta de fundamentación técnica suficiente torna improcedente la contratación directa por esta vía.
Dictámenes De La Procuración Del Tesoro De La Nación
CONVENIOS INTERNACIONALES. Convenio Marco de Cooperación en Materia Económica y de Inversiones entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Popular China. Financiamiento concesional. Alcance.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Artículo 9.1) exige que las contrataciones logren resultados óptimos en calidad, costo y oportunidad. La OCDE (2015), en su Principio VI, subraya que se debe asegurar valor por dinero con resultados efectivos y oportunos. La INTOSAI, en las ISSAI 5500, definen la eficiencia y eficacia como criterios centrales en la evaluación de la gestión de contrataciones públicas.
Constitución Provincial
Contrataciones Artículo 74.- Las contrataciones del Estado Provincial o de los municipios se efectuarán según sus leyes u ordenanzas específicas en la materia, mediante el procedimiento de selección y una previa, amplia y documentada difusión.
CÓDIGO DE ÉTICA ARTÍCULO 164.- El Concejo Deliberante sanciona un Código de Ética para el ejercicio de la función pública, conforme a los principios y disposiciones de esta Carta Orgánica.
"REGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL". Mario RETJMAN FARAH. 2010 . ABELEDO PERROT.
Doctrina
Doctrina: Capítulo VI, Apartado VII, "La adjudicación a la Oferta más Conveniente". Págs. 153/157. "Existen parámetros objetivos que limitan la libre elección. Así lo previó, en su oportunidad, el art. 18, in fine, Ley 23696, cuando dispuso, salvo cunado la variable a considerar, dadas las características del futuro objeto contractual, sea sólo el precio, que "la oferta más conveniente" será evaluada no sólo teniendo en cuenta el aspecto económico, relativo al mejor precio, sino las distintas variables que demuestren el mayor beneficio para los intereses públicos y la comunidad. A este respecto, en las bases de los procedimientos de contratación podrán, cuando resulte oportuno, establecerse sistemas de puntaje o porcentuales referidos a distintos aspectos o variables a ser tenidos en cuenta a los efectos de la evaluación".
Ordenanza Municipal N° 3693
Municipio de Ushuaia
TITULO VIII DEL SISTEMA DE CONTRATACIONES
Normativa Nacional Relacionada
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el inciso d) del artículo 25 del Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001 por el siguiente: “d) CONTRATACIÓN DIRECTA. La selección por contratación directa se utilizará en los siguientes casos (...)"
Dictámenes De La Procuración Del Tesoro De La Nación
Ley 25.188 - Ética en el ejercicio de la Función Pública - OFICINA ANTICORRUPCIÓN. Funcionarios públicos. Declaraciones juradas patrimoniales. Entrega.
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