Artículo 48 º - Multas

TSJ CABA "METROVÍAS S.A. S/QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN METROVÍAS S.A. C/GCBA Y OTROS REC. JUDICIALES C/RES. PERS. PÚBLICAS NO EST." EXPTE. N° 8346/11

Fecha de la sentencia: 19.09.2012. Las multas previstas en el contrato son parte de las prerrogativas estatales en el marco de una concesión de servicio público y expresan el ejercicio de una función administrativa orientada a lograr el normal desarrollo en la ejecución del contrato, y no constituyen una pena, ni su aplicación compromete el ejercicio de facultades jurisdiccionales. (Voto del Sr. Juez Luis F. Lozano). (SENTENCIA 19 de Septiembre de 2012, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. CIUDAD DE BUENOS AIRES, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Magistrados: Lozano - Ruiz - Casás - Conde, Id SAIJ: FA12380429)

"LAS FACULTADES SANCIONATORIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS". DUBINSKI, Guido Julián. ESTUDIOS DE DERECHO PÚBLICO. ASOCIACIÓN DE DOCENTES. FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES. UBA. 2013

Artículo del Dr. Guido Julián Dubinski titulado "Las facultades sancionatorias de la administración pública en los contratos administrativos", publicado en el libro "Estudios de Derecho Público", por la Asociación de Docentes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. UBA. 2013.